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Conoce las coberturas del Seguro Vida Ley
Más beneficios:
- Coberturas adicionales a las exigidas por ley.
- Capacitaciones virtuales en temas de seguridad y salud para todos tus trabajadores.
- Programa Multiventajas Plus.Acceso a tarifas preferenciales en establecimiento de salud,entretenimiento, restaurantes y más, Conoce sobre el programa aquí.
Beneficiarios
Quienes reciben la cobertura de la póliza en caso de fallecimiento del asegurado
Todo lo que debes saber
A partir del 11 de febrero del 2020 es obligatorio contratar el seguro de Vida Ley para todos tus trabajadores desde el primer día de relación laboral
Coberturas
- En caso de Muerte accidental, el asegurado percibirá 32 remuneraciones mensuales asegurables desde el mes previo al accidente.
- En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente, el asegurado percibirá 32 remuneraciones mensuales asegurables contabilizadas desde el mes previo al accidente.
- En caso de Muerte natural* el asegurado percibirá 16 remuneraciones mensuales asegurable, promedio del último trimestre, hasta el mes previo a su fallecimiento.
*Esta cobertura se vuelve obligatoria a partir del 01 de enero de 2021.
Exclusiones
Este seguro no contiene exclusiones. No obstante, no se cubre el fallecimiento o invalidez que se produjera como consecuencia de suicidio o de lesiones autoinferidas, siempre y cuando estas situaciones no generen un supuesto de muerte natural, muerte accidental ni de invalidez total y permanente por accidente del Asegurado.
Coberturas Adicionales
- Fallecimiento por cáncer
- Desgravamen
- Desamparo familiar súbito
- Infarto al miocardio
- Accidente Vascular Cerebral (VAC)
- Insuficiencia renal crónica
- Transplante de órganos
- Quemaduras
- Repatriación de Restos
- Ceguera por accidente
- Sordera por accidente
- Renta Accidental por Fallecimiento en Accidente de Trabajo.
- Incapacidad para el trabajo
- Reembolso de gastos de sepelio
- Cobertura de esclerosis multiple
- Cobertura de coma
- Cobertura hijo póstumo
Programa de Capacitación
A través del programa técnico de gestión de riesgo - PROTEGE, queremos ayudarte a desarrollar una cultura de seguridad y contribuir a generar valor en tu empresa.
Tus trabajadores tendrán acceso ilimitado a nuestra plataforma virtual de capacitaciones.
- COBERTURA POR ACCIDENTE* (con vigencia hasta el 31 de diciembre 2020) .
- Muerte accidental
- Invalidez Total y Permanente por Accidente
- Tasa: 0.25% incluye IGV , Esta tasa se aplica a la planilla mensual
- COBERTURA COMPLETA* (opcional para el 2020 y obligatorio desde el 1 de enero del 2021)
- Muerte accidental
- Invalidez Total y Permanente por Accidente
- Muerte natural
- Tasa: 0.30% incluye IGV. Esta tasa se aplica a la planilla mensual
*Tarifas preferenciales para clientes del BCP con planillas hasta S/250,000 y trabajadores con una edad máxima de 65 años. Para otras cotizaciones enviar un correo al buzón [email protected] adjuntando el detalle de su planilla para evaluar la tasa que corresponde.
Muerte accidental del asegurado
El empleador debe contactarse con Pacífico y presentar los siguientes documentos:
- Partida o acta de defunción legalizada.
- Certificado médico de defunción completo legalizado.
- Atestado policial completo o carpeta fiscal.
- Certificado y protocolo de necropsia completo.
- Documento de identidad del asegurado y de los beneficiarios.
- Declaración jurada de beneficiarios.
- Partida de matrimonio.
- Boletas de pago correspondientes al último mes previo al fallecimiento; en caso que el asegurado sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las cuatro (4) últimas semanas previas al fallecimiento.
Invalidez total o permanente por accidente del asegurado
El empleador debe contactarse con Pacífico y presentar los siguientes documentos:
- Documento de identidad del asegurado.
- Informe médico indicando el diagnóstico .
- Atestado policial completo.
- Boletas de pago correspondientes al mes previo al siniestro.
Muerte natural del asegurado
El empleador debe contactarse con Pacífico y presentar los siguientes documentos:
- Partida o acta de defunción legalizada.
- Certificado médico de defunción completo legalizado.
- Partida de matrimonio.
- Documento de identidad del asegurado y de los beneficiarios.
- Documento de identidad del asegurado y de los beneficiarios.
- Boleta de pago correspondiente a los tres (3) últimos meses previos al fallecimiento; en caso que el asegurado sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las doce (12) últimas semanas previas al fallecimiento.
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