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Todo lo que debes saber
Actualmente los afiliados tienen:
- Cuenta Individual de Capitalización
Es la cuenta de la AFP donde tienes actualmente tu fondo de jubilación. - Cuenta de Aportes Voluntarios
Pueden depositar dinero adicional al que se aporta a tu Cuenta Individual de Capitalización.
- El dinero que se reserva para el pago de la pensión mínima se quedará en la Cuenta Individual de Capitalización.
- Podrás colocar el excedente de la Cuenta Individual de Capitalización en la Cuenta de Aportes Voluntarios. Al ser una cuenta de libre disponibilidad, podrás retirar tu dinero cuando lo desees.
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El perfil de riesgo nos permite conocer tu tolerancia al riesgo como inversionista y nos ayuda a guiarte en cuál podría ser tu tipo de fondo ideal
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Recuerda que tu dinero de la AFP, está pensado para tu jubilación. Retíralo solo si consideras necesario.
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Preguntas Frecuentes
- La Ley de pensión mínima permite a los afiliados de las AFP definir una pensión mínima con un monto determinado. El dinero adicional que el afiliado posea en su cuenta en la AFP podrá ser transferido del fondo obligatorio al fondo de aportes voluntarios sin fin previsional (de libre disponibilidad) de la AFP.
Luego de la promulgación de la ley, debe ser reglamentada por el Poder Ejecutivo (Ministerio de Economía) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) en un plazo no mayor a 90 días.
La ley debe ser reglamentada para conocer los procesos a fin de definir el monto de la pensión mínima, el excedente de libre disponibilidad y si se podrá retirar en una o más armadas.
- La ley debe ser reglamentada para conocer el proceso que se realizará para retirar tu fondo.
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