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Conoce las coberturas del Seguro Vida Ley

Muerte accidental

32 remuneraciones mensuales

Muerte natural *

16 remuneraciones mensuales

*Aplica desde 01/01/2021

Invalidez total

por accidente 32 remuneraciones mensuales

Programa Multiventajas

Descuentos para ti y tu familia

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Más beneficios:

  • Coberturas adicionales a las exigidas por ley.
  • Capacitaciones virtuales en temas de seguridad y salud para todos tus trabajadores.
  • Programa Multiventajas Plus.Acceso a tarifas preferenciales en establecimiento de salud,entretenimiento, restaurantes y más, Conoce sobre el programa aquí.

Beneficiarios

Quienes reciben la cobertura de la póliza en caso de fallecimiento del asegurado

  • Hijos y cónyuge*
  • Solo a falta de hijos o cónyuge (o conviviente), se considera como beneficiarios a los Padres y los hermanos menores de 18 años.

*A falta de cónyuge, el/la conviviente que cumpla con los requisitos del artículo 326 del Código Civil.

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Todo lo que debes saber

A partir del 11 de febrero del 2020 es obligatorio contratar el seguro de Vida Ley para todos tus trabajadores desde el primer día de relación laboral

Coberturas

  • En caso de Muerte accidental, el asegurado percibirá 32 remuneraciones mensuales asegurables desde el mes previo al accidente.
  • En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente, el asegurado percibirá 32 remuneraciones mensuales asegurables contabilizadas desde el mes previo al accidente.
  • En caso de Muerte natural* el asegurado percibirá 16 remuneraciones mensuales asegurable, promedio del último trimestre, hasta el mes previo a su fallecimiento.

*Esta cobertura se vuelve obligatoria a partir del 01 de enero de 2021.

Exclusiones

Este seguro no contiene exclusiones. No obstante, no se cubre el fallecimiento o invalidez que se produjera como consecuencia de suicidio o de lesiones autoinferidas, siempre y cuando estas situaciones no generen un supuesto de muerte natural, muerte accidental ni de invalidez total y permanente por accidente del Asegurado.

Coberturas Adicionales

  • Fallecimiento por cáncer
  • Desgravamen
  • Desamparo familiar súbito
  • Infarto al miocardio
  • Accidente Vascular Cerebral (VAC)
  • Insuficiencia renal crónica
  • Transplante de órganos
  • Quemaduras
  • Repatriación de Restos
  • Ceguera por accidente
  • Sordera por accidente
  • Renta Accidental por Fallecimiento en Accidente de Trabajo.
  • Incapacidad para el trabajo
  • Reembolso de gastos de sepelio
  • Cobertura de esclerosis multiple
  • Cobertura de coma
  • Cobertura hijo póstumo

Programa de Capacitación

A través del programa técnico de gestión de riesgo - PROTEGE, queremos ayudarte a desarrollar una cultura de seguridad y contribuir a generar valor en tu empresa.

Tus trabajadores tendrán acceso ilimitado a nuestra plataforma virtual de capacitaciones.

  • COBERTURA POR ACCIDENTE* (con vigencia hasta el 31 de diciembre 2020) .
    • Muerte accidental
    • Invalidez Total y Permanente por Accidente
    • Tasa: 0.25% incluye IGV , Esta tasa se aplica a la planilla mensual

     

  • COBERTURA COMPLETA* (opcional para el 2020 y obligatorio desde el 1 de enero del 2021)
    • Muerte accidental
    • Invalidez Total y Permanente por Accidente
    • Muerte natural
    • Tasa: 0.30% incluye IGV. Esta tasa se aplica a la planilla mensual

*Tarifas preferenciales para clientes del BCP con planillas hasta S/250,000 y trabajadores con una edad máxima de 65 años. Para otras cotizaciones enviar un correo al buzón [email protected] adjuntando el detalle de su planilla para evaluar la tasa que corresponde.

Muerte accidental del asegurado

El empleador debe contactarse con Pacífico y presentar los siguientes documentos:

  • Partida o acta de defunción legalizada.
  • Certificado médico de defunción completo legalizado.
  • Atestado policial completo o carpeta fiscal.
  • Certificado y protocolo de necropsia completo.
  • Documento de identidad del asegurado y de los beneficiarios.
  • Declaración jurada de beneficiarios.
  • Partida de matrimonio.
  • Boletas de pago correspondientes al último mes previo al fallecimiento; en caso que el asegurado sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las cuatro (4) últimas semanas previas al fallecimiento. 

Invalidez total o permanente por accidente del asegurado

El empleador debe contactarse con Pacífico y presentar los siguientes documentos:

  • Documento de identidad del asegurado.
  • Informe médico indicando el diagnóstico .
  • Atestado policial completo.
  • Boletas de pago correspondientes al mes previo al siniestro.

Muerte natural del asegurado

El empleador debe contactarse con Pacífico y presentar los siguientes documentos:

  • Partida o acta de defunción legalizada.
  • Certificado médico de defunción completo legalizado.
  • Partida de matrimonio.
  • Documento de identidad del asegurado y de los beneficiarios.
  • Documento de identidad del asegurado y de los beneficiarios.
  • Boleta de pago correspondiente a los tres (3) últimos meses previos al fallecimiento; en caso que el asegurado sea obrero, las boletas de pago correspondientes a las doce (12) últimas semanas previas al fallecimiento.
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