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I. Aspectos generales
1. El "Programa Travel" (en adelante el "Programa") es un programa creado y administrado por el Banco de Crédito del Perú (en adelante el "Banco") que beneficia a sus Clientes; al que podrán afiliarse todos los productos de tarjetas emitidas por el Banco y que éste para cuyo efecto contratará los servicios de diversas empresas ("Los Proveedores"). El Banco podrá afiliar a este mismo programa otros productos que determine en cualquier momento ("Nuevos Productos"), en conjunto denominados "Los Productos".
2. Los Clientes titulares de los productos afiliados al programa (Los Clientes) podrán, participar como miembros de este programa acumulando millas para canjearlas por diversos beneficios (bienes y/o servicios) ofrecidos por el Banco.
3. El Programa será, en principio, gratuito, pero el Banco, de así decidirlo, podrá cobrar una tarifa anual por pertenecer al Programa y/o por producto o tarjeta, en cuyo caso informará de ello con una anticipación no menor a 30 días a los Clientes que Participen de él.
4. La información publicada por el Banco en este catálogo 2006, estará vigente desde el 1 de febrero de 2006 hasta el 15 de diciembre de 2006.
5. En el caso de viajes, estas fechas de vigencia están referidas a la fecha o período del viaje de los pasajes aéreos y/o paquetes que deberán ser canjeados por los Clientes, y no a la fecha de reserva y/o emisión de los mismos. De igual manera, en el caso de alojamiento en hoteles, la fecha de vigencia de los precios está en función a la fecha de goce del alojamiento y no a la fecha de reserva del mismo.
6. Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, para el caso de viajes, los Clientes podrán solicitar la cotización de beneficios no contemplados en este catálogo, solicitando el número de millas necesarias para redimirlos; quedando a entera discreción del Banco la decisión de otorgar beneficios no contemplados en este catálogo.
7. En caso el Cliente cancele cualquiera de Los Productos afiliados al Programa perderá en forma automática el derecho sobre sus millas acumuladas en el producto cancelado.
8. En caso el Cliente falleciera, o por cualquier otra causa dejase de ser Cliente del Banco, perderá las millas acumuladas.
9. En caso el Banco decida dar por concluido el Programa dejando de otorgar los beneficios en él considerados, la acumulación de puntos continuará y será efectiva sólo hasta quince (15) días calendario posteriores a la fecha de vencimiento señalada por el Banco. El canje de los beneficios correspondientes a las millas acumuladas podrá ser efectuado por el Cliente dentro de los dos (2) meses posteriores a la fecha de conclusión del Programa señalada por el Banco.
10. El Banco se reserva el derecho de reemplazar los beneficios considerados en este catálogo por otros de similares características, en caso que por causas ajenas a él resulte imposible entregar el beneficio publicado en el catálogo. El Cliente tiene la obligación de consultar el catálogo vigente en la fecha o periodo de uso del beneficio.
11. El Banco no es responsable si el proveedor de un determinado bien o servicio no mantiene el producto ofrecido, o ha descontinuado el servicio en que consiste el beneficio solicitado para el canje por el Cliente. En estos casos el Cliente podrá solicitar el canje de otro beneficio que requiera el mismo número de millas que aquél que no pudo obtener.
12. Al canjear las millas acumuladas por un determinado beneficio, el Cliente autoriza expresamente al Banco a difundir, si lo cree conveniente, su nombre y/o fotografía en la publicidad que realice sobre el Programa.
13. El Banco se reserva el derecho de revisar los saldos de millaje acumulados por los Clientes en casos de error o discrepancias de cualquier naturaleza. La entrega de beneficios en estos casos puede suspenderse hasta resolverse satisfactoriamente cualquier discrepancia o anomalía observada. El Banco se reserva el derecho de rectificar las millas erróneamente acreditadas a un Cliente. Igualmente se reserva el derecho de adjudicar millas suplementarias con motivo de campañas promocionales puntuales, que serán oportunamente anunciadas a los Clientes. La asignación de millas suplementarias podrá ser limitada a una determinada porción o segmento de los Clientes, de acuerdo a los parámetros que fije el Banco para una determinada campaña o promoción específica, según crea conveniente, sin que esto se convierta en una obligación de adjudicarlas para todos los Clientes.
14. El Banco se reserva el derecho de cancelar la participación en el Programa, incluyendo cualquier participación futura en él, de cualquier Cliente que a juicio y discreción del Banco haya realizado cualquier fraude en perjuicio del Banco, así como fraude, abuso o violación de alguna disposición del Programa, sea en lo relativo a los créditos de millas, beneficios, uso de premios o cualquier otra disposición que lo regula. Al ser cancelada la participación de un Cliente en el Programa, éste pierde automáticamente todos sus derechos de miembro del Programa incluyendo todas las millas acumuladas, privilegios y beneficios, así como los derechos sobre los beneficios pendientes de recibir, sin perjuicio de las acciones administrativas y/o legales que pudiere ejercer el Banco en su contra.
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